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PesaBizkaia, S.A.

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Reglamento de las personas usuarias

Las personas usuarias tienen derecho a:

  • 1º- Elegir entre los diferentes títulos de transporte que figuran en los cuadros de tarifas debidamente autorizados.
  • 2º- Ser transportadas con el requisito de portar título de transporte válido.
  • 3º- Recibir un trato correcto por parte de las personas que realizan el servicio.
  • 4º- Disponer de un libro de reclamaciones en todos los vehículos y terminales.
  • 5º- Obtener el reintegro del billete siempre que se suspenda el servicio contratado antes de su inicio.
  • 6º- Estar amparado por los Seguros obligatorios en este tipo de transporte.
  • 7º- Portar objetos o bultos de mano, de acuerdo con la legislación vigente.
  • 8º- Las personas con movilidad reducida podrán descender de los vehículos por la puerta destinada al acceso de viajeros y viajeras.

Las personas usuarias deberán:

  • 1º- Abstenerse de comer, fumar, consumir drogas tóxicas o bebidas alcohólicas dentro de los vehículos.
  • 2º- Portar título de transporte válido desde el inicio de su viaje, hasta que se descienda del autobús.
  • 3º- Seguir las indicaciones de las personas de la Empresa en todo lo relacionado con el servicio e incidencias, y respetar lo dispuesto en los carteles colocados a la vista de las personas usuarias.
  • 4º- En los vehículos que no estén habilitados para transportar personas de pie, deberá permanecer sentado hasta que el vehículo estacione en la parada.
  • 5º- No hablar con la persona que conduce mientras el vehículo esté en marcha.
  • 6º- Para el transporte de bicicletas en la bodega del autobús, estas deberán ir en sus correspondientes fundas de protección.
  • 7º- Abstenerse de viajar con animales, salvo perros guías en caso de invidentes.
  • Entrada en vigor: 01 de Mayo de 2013

Bolunburu, 14 B. Pol. La Fletxa, 48330 Lemoa (Bizkaia) - Tel.: 94-4169479 - Fax: 94-4169646